El presidente de la República no puede hacer lo que se le viene en gana, sino lo que la Constitución Nacional, en su Título VII, le autoriza. Hay que recodarle eso a Petro pues él hace como si olvidara ese precepto fundamental. Si Gustavo Petro viola esas normas del más alto nivel, se hace acreedor de una denuncia ante la Comisión de Acusaciones del Congreso por violar el ordenamiento jurídico del país.
En un Estado de Derecho, la política, la voluntad, la iniciativa, los anuncios, acertados o no, del gobernante de turno no están por encima de la Constitución. Un presidente no puede inventarse derechos y atribuciones.
“La Fiscalía General de la Nación forma parte de la rama judicial y tendrá autonomía administrativa y presupuestal” (artículo 249 de la CN). Ello quiere decir que, a su vez, en las decisiones judiciales de la Fiscalía no puede interferir Gustavo Petro, ni directa ni indirectamente, por ser el Jefe del Estado y el jefe del gobierno. Así mismo, según el artículo 250 de la CN, la Fiscalía no podrá suspender, interrumpir, ni renunciar a la persecución penal de los miembros de la Primera Línea que están detenidos por los crímenes y delitos, algunos calificados de actos terroristas, que presuntamente cometieron en Cali y otras ciudades en los graves disturbios urbanos de 2021.
Si Petro expide un decreto para dejar en libertad a esos justiciables cometerá una nueva infracción pues el jefe del poder ejecutivo no puede hacer eso. La Constitución lo autoriza a “conceder indultos políticos con arreglo a la ley” (art 201 de la CN). El presidente de la República no puede ordenar la excarcelación de delincuentes comunes ni de justiciables en vías de ser juzgados. La ley de Colombia es muy clara al respecto. Un indulto político es una categoría jurídica precisa. Lo de la banda “Primera Línea” nada tiene que ver con esa figura.
Con sus entrevistas, instrucciones y amenazas de que hará esas excarcelaciones por decreto, en caso de que sea necesario, Petro está forzando al Fiscal General a que él comparta una parte de la violación de la Constitución Nacional, o acepte asumir él solo esa violación de la Constitución.
Es obvio, hasta el momento, que Francisco Barbosa Delgado, el Fiscal General, es consciente de lo que está en juego. Él se muestra renuente a la voluntad de Petro respecto de los justiciables de la PL. Sabe que él, personalmente, está corriendo riesgos al aceptar discutir con Petro esas materias y, lo que sería peor, si acata en últimas la orden del poder ejecutivo. Una revista bogotana ha informado que “Barbosa ha manifestado en varias ocasiones que si quiere la liberación de los jóvenes [Petro] “debe pedirle al Congreso que cambie la Ley y no al Fiscal”. Esa es la actitud acertada. ¿Pero hasta cuando Barbosa defenderá esa trinchera?
En cuanto a la opinión pública, ésta se muestra asombrada, dicen los medios, por la forma perniciosa que tiene Petro de referirse a esos justiciables, a quienes elogia y disculpa al llamarlos “jóvenes”, “líderes juveniles”, “líderes sociales” y “activistas” (el apelativo exacto de ese grupo de detenidos es malhechores presuntos). Esos sujetos no eran siquiera “manifestantes”. Ellos aprovecharon los disturbios urbanos impulsados por la extrema izquierda, y por algunas fracciones de grupos narco-terroristas, para desfogar sus instintos más bajos: realizaron secuestros, causaron torturas físicas y psicológicas a ciudadanos, incendiaron edificios públicos y privados, impartieron la muerte a personas inocentes, incluyendo a dos bebés, y degollaron a un motociclista en Cali, en uno de sus “retenes” ilegales.
En sólo los disturbios de junio de 2021 hubo 3 425 bloqueos de vías, 21 personas perdieron la vida y 1 113 civiles fueron heridos. Hubo, además, 1 362 policías heridos. Colombia guarda en su memoria el horror de esos días. Esa es la gente que Gustavo Petro califica de “líderes juveniles”. Esa es la gente que Petro quiere sacar de las cárceles y declararlos “gestores de paz” a manera de “regalo de Navidad”. Extraño jefe de Estado éste que elogia con repugnante cinismo ese desastre humanitario y material.
Al hacer esas frases, Gustavo Petro demuestra que sigue siendo el líder de la minoría insurgente y que, desde el 7 de agosto pasado, es el anti-presidente de los colombianos, un peligroso liberticida en la cumbre del Estado que detesta a las mayorías y no vacila en provocarlas.
Alfonso Prada, el nuevo ministro del Interior, cantó el último cuplé de esa triste zarzuela. Afirmó: “Esto no es un proceso ni de amnistía, ni de indulto ni de perdón judicial”. Y, como si fuera el jefe de la Fiscalía, concluyó: “Todos los procesos judiciales de quienes hayan sido judicializados en medio de la protesta continuarán en manos de los jueces hasta su terminación”. Es decir: Petro y Prada, quebrando los mandatos del poder judicial, quieren abrirle las puertas de la cárcel a 230 detenidos para que huyan y se escondan. Después, como ocurrió en el caso de alias Santrich, los fiscales llorarán sobre el hecho cumplido y la prensa lamentará que los “procesos judiciales” continúen con 230 reos ausentes. Esa intención esconde algo muy feo: el delito de la fuga de presos (artículo 449 del Código Penal colombiano). Si Gustavo Petro, servidor público, insiste en esos juegos aviesos se hace acreedor, repito, de una denuncia ante la Comisión de Acusaciones del Congreso por violar el ordenamiento jurídico del país.
Prada, es decir otro eslabón del poder ejecutivo, trata de dictarle el guión al poder judicial. Asegura que quienes dictarán la excarcelación de los 230 serán “los jueces de la República”, no como una reacción normal, según la ley, sino como fruto, dirían los constitucionalistas independientes, de la presión del ejecutivo sobre el judicial. El ministro del Interior pretende que al caso de la PL se podría aplicar la Ley 2272 de 2022. Ese enfoque es inaceptable. Esa ley autoriza al ejecutivo a “negociar con los grupos armados ilegales del país”, es decir con estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto, en la jerga actual. Esa no es la tipología de la “Primera Línea”.
Como la cruzada en favor de la PL es variopinta, otros intentan poner sobre la mesa un argumento no menos lunático: el del “perdón social”. Sin embargo, esa propuesta también cae en el vacío. El “perdón social” no es una norma. Ese sintagma no existe en derecho. Es una frase traída de los cabellos por Gustavo Petro cuando era candidato para favorecer a delincuentes de cuello blanco, como Iván Moreno Rojas y otros políticos condenados por corrupción. Lo que es prohibido por la ley.
La prensa no puede ocultar que las grotescas maromas para favorecer a la PL hacen creer a la población que el jefe de Estado está implantando un ambiente de confusión e impunidad que terminará, si lo dejan, por demoler, de la noche a la mañana, la separación de poderes y los fundamentos del Estado de Derecho. A la velocidad que vamos, en poco tiempo nadie podrá invocar, en defensa de la democracia liberal, la Constitución Política, ni el código penal, ni el civil, ni el laboral, ni el administrativo. No podremos invocar, ni el más humilde decreto.