Descartado el control de precios, cuya inutilidad está comprobada hasta la saciedad, el gobierno puede hacer algunas cosas no tanto para controlar la inflación sino para mitigar sus efectos sobre los consumidores, en especial los más pobres. Esto se haría aprovechando el margen fiscal que está dando el alto precio del petróleo, en buena medida responsable de las presiones inflacionarias.
Son tres las medidas temporales que pueden aplicarse:
1. Supresión del IVA a algunos de los bienes y servicios de la canasta familiar que lo tienen.
2. Supresión de la parafiscalidad de los servicios públicos domiciliarios.
3. Adelanto de las devoluciones del IVA.
De los 56 bienes que integran el rubro de alimentos de la canasta familiar, 36 no tiene IVA, en 6 es de 5% y en los 14 restantes de 19%. Dentro de estos últimos están aceites, grasas, jugos, gaseosas y derivados lácteos; tienen 5% productos como café, azúcar, chocolate, carnes frías, cereales y harinas.
En el rubro “Vivienda”, 25 bienes tienen IVA de 19%, siete de 0%. Dentro de los primeros están productos como jabones, detergentes, suavizantes, blanqueadores, limpiadores, desinfectantes, ceras, papel de cocina y otros utensilios de aseo; todos los cuales suponen un gasto más o menos recurrente. También son recurrentes los gastos en servicios de telefonía, cerveza, cigarrillos, higiene corporal, higiene y cuidado facial, otros productos relacionados con el cuidado personal, el corte y el cuidado del cabello. Todos estos tienen un 19% de IVA.
Los servicios públicos domiciliarios, en especial la energía eléctrica, tienen una fuerte parafiscalidad que eleva sus precios considerablemente al consumidor final. Cada kilovatio hora generado se pagan contribuciones (FAZNI, FAER) que van directamente al precio final de la electricidad. También podría considerarse una reducción de las contribuciones pagadas por las familias de estratos altos, que están lejos de ser “ricas” o “privilegias” y sufren también el embate de la inflación.
La devolución bimensual del IVA de ochenta mil pesos podría duplicarse y hacerse mensualmente durante los meses de abril, mayo, junio y julio durante los cuales, de acuerdo con las proyecciones del Banco de la República, mayores serán las presiones inflacionarias.
Una emergencia económica por un día bastaría para expedir los decretos-ley necesarios para aplicar las medidas propuestas.
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