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Luis Guillermo Vélez Álvarez                                                                                     

El aumento de 11% de las transferencias de EPM, de por sí elevado, resulta inquietante dada las contingencias que pesan sobre la Empresa, empezando por los litigios de Hidroituango, que han llevado a provisionar más de $1,3 billones.

El presupuesto del Distrito, para 2025, asciende a 10.9 billones de pesos, el más alto de su historia, casi 25% más que el de 2024. Del lado de los ingresos, los tres grandes rubros son las transferencias del SGP, las transferencias de EPM y los tributos locales; que crecen 25%, 11% y 22%, respectivamente.

Todos los tributos – excepto la sobretasa a la gasolina y la tasa de alumbrado público - tienen crecimientos de doble dígito: 17% el predial, 23% las estampillas, 30% industria y comercio y 21% los menores. En 2025, la economía de Medellín crecerá a la misma tasa real que la nacional, un 2%, lo cual, con una inflación de 5%, se traduce en 7% nominal.

El aumento de 11% de las transferencias de EPM, de por sí elevado, resulta inquietante dada las contingencias que pesan sobre la Empresa, empezando por los litigios de Hidroituango, que han llevado a provisionar más de 1,3 billones de pesos, sin tener aún en cuenta el resultado de la demanda por 500 mil millones por el incumplimiento del hito 10, que seguramente será adverso.

Con pérdidas de 30%, recaudo de 60% y la indiferencia culposa o dolosa del Gobierno Nacional, la situación de Afinia parece fuera de control y no puede descartarse una toma por la Superservicios, que obligaría a castigar las utilidades. Por otra parte, la intervención del mercado eléctrico presiona la caja de EPM al obligarla, para conservar el agua en sus embalses, a atender sus clientes con generación térmica costosa.

La clase media, el comercio y la industria soportan, en los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, una parafiscalidad excesiva, con tasas de contribución que llegan, respectivamente, a 60%, 60% y 100%, para el estrato 6. Para el estrato 5, el comercio y la industria las tasas son menores, pero siempre por encima del 20%, establecido en la ley 142 de 1994, que rige para electricidad y gas.

En los fondos solidaridad y redistribución de ingresos de electricidad y gas, si la suma de subsidios excede las contribuciones, calculadas a la tasa de 20%, la Nación cubre la diferencia, con recursos del presupuesto general. En el caso de los fondos de acueducto, alcantarillado y aseo se autorizó a los municipios a elevar la tarifa de las contribuciones hasta donde fuese necesario para cubrir el déficit resultante de unas tasas de contribución de 20%. Esto premia la ineficiencia de los prestadores y es un abuso de posición dominante frente a consumidores sin salida.

No está fuera del alcance de la Administración y el Concejo, sin modificar los indicadores físicos del Plan de Desarrollo, acordar una reducción de gastos que permita dar un alivio a la clase media, al comercio y la industria y reducir la presión sobre las finanzas de EPM. A fin de cuentas, como dijo Pantaleoni, cualquiera puede aumentar la tarifa de un impuesto existente o crear uno nuevo, pero el verdadero arte de la fiscalidad consiste en hacer más con los mismos recursos o incluso con menos.

04 de noviembre de 2024

Publicado en Columnistas Nacionales

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