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El POT de Claudia López: crónica de una nulidad anunciada

Luis Felipe Henao    

Por temor a darle debate en el Concejo de Bogotá, la alcaldesa ha hecho una jugadita que le costará nuevamente años de incertidumbre al futuro de la ciudad.

El POT es la hoja de ruta para el desarrollo urbano de un municipio. La Corte Constitucional señaló que constituye “un instrumento de la política de ordenación del territorio y se orienta a evitar los impactos negativos del uso del suelo en diferentes aspectos y permitir, entre otros, objetivos económicos, sociales, urbanísticos y ambientales” (C-138 de 2020). Es claro, entonces, que no se trata de cualquier documento, un POT mal hecho puede llevar a la ruina a una ciudad, exponer la vida y la salud de sus habitantes, o arriesgar el futuro ambiental y económico de las nuevas generaciones de ciudadanos. Por ello, en virtud del principio democrático, las diversas leyes que regulan la materia (388 de 1997 y 810 de 2003) exigen que sea discutido en el organismo representativo de los ciudadanos, que es el Concejo.

En todo caso, para evitar circunstancias en las cuales se pueda estancar indefinidamente su aprobación, el artículo 12 de la Ley 803 de 2001 señala que “si el Concejo no aprueba en noventa (90) días calendario la iniciativa, lo podrá hacer por decreto el alcalde”. Ello, por supuesto, exige que el proyecto haya sido debatido y no simplemente presentado, lo cual fue señalado expresamente por el Consejo de Estado en concepto del 2 de septiembre de 2013 que analizó el POT de Petro y en el cual afirmó literalmente: “Por consiguiente, el Concejo de Bogotá D. C. cuenta con 90 días calendario para aprobar y por tanto para estudiar y debatir un proyecto de acuerdo de revisión y ajustes al Plan de Ordenamiento Territorial presentado por el alcalde mayor”.

Con fundamento en esa decisión del Consejo de Estado, un juez administrativo suspendió y luego declaró nulo el POT de Petro, encontrando en ese caso que el Concejo de Bogotá lo había negado y que solo en ese momento el entonces alcalde realizó la jugadita de intentar sacarlo por decreto para aprobarlo.

La aprobación del POT por decreto de Claudia López es la crónica de una nulidad anunciada que dejará de nuevo a la ciudad sin una hoja de ruta. En este caso está demostrado que el Concejo de Bogotá nunca lo debatió, pues estuvo suspendido por la presentación de impedimentos, como señala claramente el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011: “La actuación administrativa se suspenderá desde la manifestación del impedimento o desde la presentación de la recusación, hasta cuando se decida”. El estudio del proyecto de POT de la alcaldesa estuvo suspendido y por ello no pudo ser estudiado ni debatido, por lo cual Claudia López no podía dar aplicación a la facultad excepcional de aprobación por decreto contemplada en el artículo 12 de la Ley 803 de 2001.

A lo anterior hay que sumar la falta de coherencia de la alcaldesa, quien hace solo tres años dijo que la aprobación del POT por decreto sería una falta de respeto con la ciudadanía. La ley es para todos y si las normas exigen que el POT se discuta en los concejos municipales no es por mero capricho, sino porque un documento tan importante requiere un amplio debate y no simplemente una decisión unilateral. Obviamente, lo que esto confirma es la poca favorabilidad de la alcaldesa, quien ni siquiera se arriesgó a darle debate a la norma más importante para el futuro de los bogotanos. La ciudad está sumida en un caos de movilidad y seguridad sin precedentes que requiere acciones urgentes, y el POT que ella presentó tampoco lo solucionaba. Ahora el desarrollo urbanístico de la ciudad está en vilo por la jugadita de la alcaldesa que, como en el caso de Petro, demuestra que solo usan la democracia para criticar, pero no la aplican para gobernar.

https://www.elespectador.com/, Bogotá, 04 de enero de 2022.

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