Desde sus inicios la empresa Metro de Medellín ha sido bien manejada y continuó siéndolo, incluso, durante la alcaldía de Quintero Calle. El Metro pudo escapar al desastre generalizado del Conglomerado Público de Medellín ocasionado por esa administración, cuya magnitud inverosímil está revelando el empalme, gracias a la composición de su junta directiva. Paradójicamente, esa misma circunstancia es la que está a punto de facilitar el raponazo con el que quiere despedirse el alcalde felón.
La Junta Directiva del Metro está compuesta por el Gobernador de Antioquia y el Alcalde de Medellín, sus respectivos secretarios de planeación y cinco representantes del gobierno nacional: tres de libre elección del presidente, uno por el ministro de Hacienda y otro por el de Transporte. En general, los representantes de la Nación han sido personas distinguidas que han actuado con criterio técnico, permitiendo, en particular, la llegada a la gerencia de destacados ejecutivos que, han manejado la empresa con excelencia reconocida por organismos internacionales del sector y, lo más importante, por los usuarios del sistema, que quieren su Metro y valoran el servicio que les presta.
La alcaldía de Quintero se comportó de forma infame con el Metro, incumpliendo con sus pagos al Fondo de Estabilización de la Tarifa (FET), al que adeuda noventa y siete mil millones de pesos. Ahora, aprovechando, la llegada a la Junta de representantes del gobierno petristas, su títere en la alcaldía, el señor Hurtado Pérez, convoca una junta extraordinaria, a todas luces ilegal, para remover al actual gerente, nombrarle reemplazo y modificar el manual de funciones y requisitos.
El Convenio Marco de relaciones suscrito entre el Metro de Medellín, la Alcaldía y la Gobernación, convenio hasta ahora respetado por los representantes de la Nación, dispone que se debe garantizar “una administración profesional ajena a intereses partidistas y que tenga en cuenta las necesidades de desarrollo del servicio”. Indica, además, que el cambio del gerente “debe responder a razones objetivas, de acuerdo con los resultados que arroje su gestión y después de llevar a cabo una evaluación con base en modelos objetivos”. La modificación del manual de funciones y requisitos, que no puede hacerse sin un estudio técnico previo, está orientada a ponerlos a la medida del personaje que quieren nombrar como gerente, lo cual es falta disciplinaria. Como esta gente no se detiene ante ninguna consideración ética o legal, muy seguramente harán su junta y nombrarán su gerente con requisitos sobre medida. Si esto ocurre, habrá llegado la hora de reformar los estatutos en lo referente a la composición de la junta directiva y prescindir de los representantes de la Nación.
Es función de la Junta de Socios, conformada por el Departamento y el Municipio, “estudiar y aprobar la reforma de estatutos”. La Junta debe reunirse el primer trimestre siguiente al cierre del ejercicio social. Tendríamos que soportar el quinterismo remanente un par de meses, lo cual no parece demasiado frente a los cuatros años que lo hemos sufrido en toda su plenitud.
https://www.elcolombiano.com/, Medellín, 04 de diciembre de 2023.