Sin duda alguna, la pandemia del covid-19 modificó de manera importante la forma en que nos relacionamos, incluso en lo económico, generando cambios estructurales sobre nuestros hábitos y canales de consumo. Gracias a ello se dio un gran salto en la inclusión financiera y uso de nuevas tecnologías para la realización de transacciones financieras y comerciales. Ejemplo de ello es el aumento de 325% en las transferencias de dinero a través de aplicaciones tecnológicas y el incremento del comercio electrónico que alcanzó $29 billones y 123 billones de transacciones en 2020.
El proyecto de ley se fundamenta en cuatro pilares: el acceso al sistema de pagos e inclusión financiera, el desarrollo del mercado de capitales, la modernización de algunos de los subsectores del sistema financiero y el fortalecimiento del marco regulatorio. En importante resaltar que este proyecto de ley se construye sobre las recomendaciones del informe presentado por la Misión de expertos, convocada por el gobierno nacional en el año 2018, para estudiar el mercado de capitales. Además, para enriquecer el proyecto de ley se ha promovido el diálogo y consensos en torno a las propuestas de diferentes sectores de la sociedad y la economía.
Contar con una regulación unificada para los sistemas de pago es relevante para fomentar la inclusión financiera y evitar arbitrajes regulatorios, teniendo en cuenta que estos forman parte de la infraestructura a través de la cual se moviliza el dinero en la economía, que exige seguridad y eficiencia. En esa línea el proyecto plantea una regulación diferencial de los servicios de pago entre prestadores financieros y no financieros; incentiva la digitalización e interoperabilidad del sistema; promueve los pagos digitales en las transferencias monetarias de los programas sociales, y establece mecanismo de protección al consumidor de estos servicios. Con estos cambios, se espera además reducir el alto arraigo al uso del efectivo en Colombia, donde el 87,4% de las personas manifiestan utilizar sólo efectivo para sus transferencias, y cerca de un 93% de las tiendas de barrio recibe sólo efectivo.
Es importante saber que cuando se habla del mercado de capitales se hace alusión al conjunto de actividades financieras, bursátiles, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, inversión y aprovechamiento de los recursos captados del público. El proyecto de ley propone transitar hacia un modelo de regulación estandarizada por actividad con función económica similar, se ajusta la clasificación de inversionistas en este mercado; se actualiza el marco normativo de las bolsas de valores y del sector de seguros; se autoriza que las sociedades anónimas simplificadas SAS puedan ser emisores de valores; y se permite la prestación de servicios transfronterizos para los depósitos centralizados de valores y las cámaras de riesgo central de contraparte, entre otros. Lo anterior, porque es necesario fortalecer el mercado de valores en el país, teniendo en cuenta su poca profundidad y liquidez. Ejemplo de ello es que para el año 2019 el valor de las acciones negociadas en el mercado colombiano representó el 4,3% del PIB, significativamente bajo comparado con países como Chile y Brasil, donde este porcentaje alcanzó 13% y 40,8% respectivamente.
Sobre la modernización de los subsectores del sistema financiero, el proyecto de ley impulsa el uso del Indicador Bancario de Referencia (IBR) creado en 2008, en reemplazo de la DTF, y converger de esta forma a la práctica internacional en materia de tasas de referencia del mercado monetario. Además, establece medidas para optimizar los procesos de enajenación de la propiedad accionaria estatal y el fortalecimiento del gobierno corporativo de las empresas industriales y comerciales del estado y de economía mixta que conforman el Grupo Bicentenario.
En el caso del sector asegurador, se reconoce que para Colombia el volumen de primas con relación al PIB es de 2,8%, porcentaje inferior comparado con países como Chile donde es de 4,7%. Además, en Colombia el gasto per cápita en seguros es de USD$190, significativamente bajo comparado con el promedio de América Latina que es de USD$250 y el promedio mundial de USD$280. Con el fin de corregir estas brechas, el proyecto busca facilitar la convergencia a estándares internacionales en regulación prudencial, mejorar la transparencia en la contratación y promover la inclusión y adopción de innovaciones tecnológicas en el sector. Finalmente, se plantea mejorar la gestión de los recursos de los fondos de pensiones privados para lograr mayor tasa de reemplazo en la etapa de retiro, a través del fortalecimiento del gobierno corporativo, alineación de incentivos y mayor competencia.
Finalmente el proyecto de ley fortalece la capacidad operativa, tecnológica y de capital humano del regulador financiero, que es la Unidad de Regulación Financiera del Ministerio de Hacienda, y amplia las funciones de la Superintendencia Financiera, actualizando su régimen sancionatorio, así como determinando que el superintendente financiero tendrá período fijo coincidente con el período de gobierno.
Confío que la plenaria del Senado de la República le dé su aprobación a este importante proyecto de ley para dejar un marco normativo y regulatorio actualizado y alineado con los estándares internacionales, fortalecer la gobernanza institucional, facilitar la profundización del mercado de capitales y su competitividad.
@CharoGuerra