No existe disposición legal que les impida hacer sus operativos, es todo lo contrario, las unidades tienen un mandato legal, es parte de sus funciones y no hacerlo puede derivar en sanciones. No hay territorio ni población ni puede haberla, vedada a operativos oficiales de los agentes del estado.
Pero, los cercamientos a los agentes oficiales se han convertido en algo común, incluso, ha habido casos en los que son robados en sus pertenencias, sus armas y amenazados con garrotes y armas cortopunzantes.
Tarde, pero, al fin de cuentas, más vale, existe la suficiente evidencia de la manipulación que grupos armados ilegales como guerrillas o bandas criminales ejercen sobre los pobladores para que hagan este tipo de asonadas so pena de ser castigados.
Esta percepción del problema explicaría su repetición en zonas altamente conflictivas o allí donde se llevan a cabo cultivos ilícitos y dichos grupos tienen intereses directos para su financiación y demás actividades de confrontación con la Fuerza Pública. Y es grave porque de tiempo atrás dichas guerrillas y grupos o bandas han buscado ser reconocidos como contrapartes del estado en el marco de un conflicto armado.
En medios académicos, políticos y en programas de opinión se alega a fondo para caracterizar la situación de violencia en el país como un conflicto armado. El estado, con fines de legitimar negociaciones con guerrillas ha aceptado tal calificación. Sin embargo, sectores afines o simpatizantes de esas guerrillas, históricamente, no han cesado de mostrar que dichas agrupaciones son encarnación de los intereses de la población y que son víctimas del estado, actitud que contradice, de hecho, la noción de conflicto armado que en términos del DIH, es definido como la confrontación entre dos partes armadas, con mando y cierto control de la población y sobre el territorio.
De acuerdo con las estipulaciones del DIH, una prohibición cuya violación conduce a un crimen de guerra es que se recluten menores de edad, y peor, que esos menores sean uniformados, reciban instrucción militar y sean puesto en primera línea en una confrontación con el enemigo. Sobre el tema abundan las evidencias de que tal proceder es un hábito de las guerrillas colombianas. Como lo viene siendo, también, la instrumentalización de población civil para rodear, inutilizar, vejar, secuestrar y expulsar a unidades de la Fuerza Pública.
Como quiera que esos hechos nada tienen que ver con la protesta social o con la lucha por reivindicaciones puntuales, sino con el hecho militar en sí, es decir, con la expulsión de soldados y policías de sus zonas y que ello favorece a esos grupos armados para obtener ventajas en sus acciones ilegales, es claro que al igual que ocurre con los menores instrumentalizados, que son convertidos en objetivo militar, ahí la responsabilidad o culpa no es del estado sino de esas agrupaciones armadas ilegales, pues son ellas las que forzan a menores y a civiles adultos a proceder agresivamente contra los agentes del estado y convertirlos en escudos para no ser atacados, ganar posiciones, asegurar ocupación y control de áreas e infraestructura, que, en casos de conflicto armado, pueden dar lugar a pensar que esas acciones manipuladas por las guerrillas sean vistas como actos de guerra.
Un soldado o policía, en zona de combates, donde se supone está presente el enemigo armado, puede verse obligado a defender su integridad y su arma, de la que depende su vida, como una amenaza o un ataque fraguado por las guerrillas.
Por fortuna, los agentes oficiales han aguantado con gran estoicismo hechos tan graves en vez de hacer uso de sus armas, lo cual habla muy bien del espíritu humanitario en el que se han formado. Pero, es muy alto el riesgo de que en alguna de esas situaciones se desencadene una tragedia, en cuyo caso, los colombianos no nos podemos equivocar en señalar a los culpables de lo que suceda que, no son otros que las guerrillas ya acostumbradas a escudar su accionar o su presencia entre los pobladores infiltrándose o disfrazando de indígenas y campesinos a guerrilleros.
Que quede claro pues, que es por disposiciones del derecho internacional humanitario que, reclutar, alistar y llevar a combates a menores de edad u obligar a civiles a que lo hagan, bajo amenazas, constituye un crimen de guerra de las guerrillas que ponen en peligro la vida e integridad de esos menores y civiles al conducirlas a encarar y agredir a miembros de la Fuerza Pública.
Ojalá tomen nota de estos delitos las oficinas de la ONU, la OEA, las misiones de Derechos Humanos y ONGs y exijan a quienes así están procediendo cesar en tales conductas criminales.