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Luis Guillermo Vélez Álvarez*

En los últimos 20 años el desempleo abierto jamás ha caído por debajo de 8,5% y, en 15 de ellos, ha estado por encima de 10%, aún en periodos de crecimiento, contrariando así la “Ley de Okun”: el mayor crecimiento trae menos desempleo. Explicar el desempleo es explicar su persistencia aun cuando la economía crece fuertemente o, lo que es lo mismo, por qué es tan elevada la tasa de desempleo no cíclico o estructural.

Pocas son las personas cuyo objetivo es emplearse, la mayoría de ellas buscan hacerlo a cambio de un salario y si permanecen desempleadas es porque el salario que se les ofrece no satisface sus expectativas. El rechazo de un empleo por su localización o su naturaleza puede traducirse en términos monetarios. Así, un desempleado es alguien que no consigue empleo al salario que pretende.

Los salarios, los intereses, los alquileres y, en general, todos los pagos factoriales que realizan los empresarios proceden de los ingresos que obtienen de la venta de los bienes y servicios que producen. Si no hay venta, no hay ingresos factoriales. Específicamente, el salario que puede pagar el empresario no puede exceder el valor del producto marginal del trabajo. Aquellos trabajadores cuyas pretensiones salariales lo excedan, quedarán desocupados voluntariamente.

En una economía de libre mercado más o menos desarrollada las personas aptas siempre encontrarán un trabajo que les permita un salario que exceda el nivel de mera subsistencia, que marca el piso salarial en cualquier economía. El desempleo no es un problema económico sino un problema político creado por las medidas de política pública destinadas a combatirlo.

Las políticas públicas provocan desempleo o informalidad porque afectan la conducta de trabajadores y empleadores – sus ofertas y demandas – impidiendo la fijación de salarios que ajusten los mercados de trabajo, manteniendo excesos de oferta persistentes en los formales o provocando la aparición de mercados paralelos o informales.

Cuando se despide un trabajador porque no se requieren sus servicios, pues no hay ingresos para pagarlos, dice la legislación actual que se trata de un despido sin justa causa y que el trabajador debe ser indemnizado con treinta días de salario por el primer año de vinculación y 20 más por cada año adicional. Esto empeora con la reforma laboral propuesta cuyo artículo 4, en la práctica, prohibe “dar por terminado el contrato laboral por causas atribuibles al empleador”.

Esa norma incide en las decisiones de abrir nuevos negocios o ampliar la escala de los existentes. El empresario nunca tiene certeza de que la demanda que espera se materialice, permitiéndole pagar los salarios y demás costos en los que debe incurrir, los cuales, esos sí, son ciertos. Ingresos inciertos y costos ciertos, esa es la condición del empresario en todo tiempo y lugar.

La casi imposibilidad de despedir, tornará a los empresarios más conservadores, más adversos al riesgo, haciendo que, incluso en fases de crecimiento, pospongan o anulen la contratación de nuevos trabajadores. Aumentarán el desempleo estructural y la informalidad.

https://www.elcolombiano.com/, Medellín, 6 de marzo de 2023.

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