6 de diciembre de 2024
A la opinión pública, a las víctimas del conflicto armado y a los católicos de Colombia víctimas directas e indirectas del secuestro colectivo de feligreses que asistían a una misa en la iglesia La María por parte del ELN y del asesinato de Monseñor Isaías Duarte Cancino arzobispo de Cali mientras presidía un matrimonio colectivo, por parte de las FARC-EP.
Ayer, 5 de diciembre, recibí notificación de la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento I, de la Procuraduría General de la Nación (PGN), que declaró el cese de la acción disciplinaria en mi contra por prescripción y el archivo del expediente disciplinario, según Oficio PDDJ1 2214 Bogotá, D.C., 5 de diciembre de 2024
El 30 de septiembre de 2024 fui notificado por la PGN de pliego de cargos y juicio disciplinario por supuestas irregularidades en la firma de dos contratos directos que como director general del Centro Nacional de Memoria Histórica, CNMH, firmé con la Universidad Autónoma de Occidente y con la Universidad Católica Lumen, ambas de la ciudad de Cali en noviembre de 2019.
Sobre los trabajos derivados de tales proyectos quedan como constancia dos documentales y varias actividades que pueden ser observadas en la web del Centro Nacional de Memoria Histórica en las que no hubo detrimento patrimonial.
Desde entonces con el debido respeto por los funcionarios de la PGN presenté, asesorado por mi defensor el Dr Silvio San Martín Quiñones Ramos, los descargos correspondientes.
Es el tercer proceso disciplinario en el que mis acusadores fracasan en el propósito de manchar mi hoja de vida. En los dos primeros casos instaurados por los Senadores Iván Cepeda y Antonio Sanguino y la Representante María José Pizarro sobre supuestas conductas indebidas y alteración de una exposición museística, quedó en evidencia que no hubo fundamento ni prueba alguna.
Insisto ante la sociedad colombiana y ante todas las víctimas del conflicto armado interno que junto con el equipo de profesionales que trabajaron a mí lado y no obstante los obstáculos interpuestos logramos cumplir la misión ordenada por la Ley 1448 y el Decreto 4803 de 2011, tal como se da fe de ello en el Informe de Gestión que depositamos al término de nuestro mandato.
Quiero agradecer la defensa que en toda esta situación me prestó el Doctor Silvio San Martín Quiñones Ramos y a todos los que estuvieron atentos al discurrir de los procesos.
Y Congratular a la Dra Martha Giovana Pérez Zapata, ex directora de la Dirección de Construcción de Memoria Histórica del CNMH que también quedó exenta de responsabilidad.
Atentamente
RUBÉN DARÍO ACEVEDO CARMONA
Dr en Historia
Profesor emérito Universidad Nacional de Colombia” (Diciembre 6)
* Publicado en su cuenta de X (@darioacevedoc).