Tampoco se entiende, que Petro pretenda promover una movilización nacional que presione al Congreso, para que apruebe la reforma sin reparo alguno, cuando los más afectados serían los estratos más pobres y vulnerables, así como los contribuyentes que sí cumplen con la obligación de pagar renta.
Menos aún se entiende, que Petro proponga una reforma, sin haber presentado de manera definitiva los ajustes al Presupuesto Nacional, como tampoco, el Plan Nacional de Desarrollo, lo que es tanto como obtener recursos sin conocerse que destino tendrán o en qué se invertirán. Y lo más grave, que lo haga sin presentar un plan debidamente estructurado para combatir la elusión y la evasión, al igual que la corrupción que tanto prometió extirpar. El desorden, la desorientación, la incoherencia y la improvisación de Petro es proverbial y la de sus ministros manifiesta.
No en vano todos los sectores de la economía al unísono se han manifestado contra la reforma, la que antes que promover expansión, redistribución y progreso, revertirá el formidable desempeño económico alcanzado luego de la pandemia, que hoy sitúa a Colombia dentro de las cinco naciones con mayor tasa de crecimiento.
Es claro e indiscutido, que, de salir adelante semejante esperpento, la economía entraría en decrecimiento, recesión y probable retroceso, por desestimular la iniciativa privada, espantar la inversión, disuadir la libre asociación y frenar la formalización, lo que se traduciría en mayor desempleo, pobreza y carestía.
Los llamados “impuestos saludables” que incluye la reforma, antes que ser progresivos, son absolutamente regresivos e inflacionarios, habida cuenta que estos gravámenes, afectarían directa y mayoritariamente a los hogares más pobres que masivamente consumen los productos objeto de este nuevo tributo, lo que incidiría de manera ostensible en el aumento del Indice de Precios al Consumidor (IPC) y, por ende, en el aumento de la inflación.
Petro olvida, que la salud de la población mejora con el aumento de empleo, ingresos y calidad y cobertura de los programas de salud, y no con impuestos que reducen su capacidad de compra de las familias y causan inflación.
No se entiende como el Ministro de Hacienda, que probablemente es la única excepción dentro de la mediocridad que caracteriza el gabinete ministerial, se pliegue a las obtusas y enrevesadas ocurrencias de Petro.
Con toda razón, la reforma ha desatado en los sectores productivos y en la academia, razonables críticas, fundamentados reparos y ponderados reproches, al punto que, de no ser modificada, lo único que lograría sería, afectar a los sectores más pobres; desestimular la iniciativa privada, la libre asociación, la industrialización y el emprendimiento; retroceder en materia de formalización; espantar la inversión extranjera; y, convertir a Colombia en uno de los países menos competitivos del mundo, en el que ni nacionales ni extranjeros invertirían, y por el contrario, buscarían establecer su domicilio fiscal en otras naciones o migrar sus inversiones hacia ellas.
Aparte de la afanosa improvisación y visible falta de técnica jurídica que exhibe el texto de la reforma, su aprobación comprometería la estabilidad legal y la seguridad jurídica que debe tener y transmitir todo ordenamiento, en especial, si es impositivo, e inclusive, desde ahora se puede advertir, que la ley que apruebe la reforma, podría ser declarada inconstitucional por desconocer la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, en relación a los principios rectores que inspiran el sistema tributario, como son “equidad, eficiencia y progresividad”, jurisprudencia en la que de manera taxativa se prohíbe “que un mismo hecho económico sea gravado dos o más veces”.
Lo anterior hace absolutamente improcedente la intensión de gravar dos (2) o más veces las utilidades que eventualmente arrojen las sociedades, y peor aún, pretender gravar con impuesto a los dividendos, utilidades no han sido decretadas, lo que de suyo vulneraría el ordenamiento legal, descapitalizaría las sociedades y debilitaría la liquidez de sus tesorerías.
Ahora bien, de aprobarse la reforma, la tarifa de renta consolidada por pago de dividendos, la cual es el resultado de sumar la tasa que paga la sociedad y la que sufragan sus socios o propietarios, llegaría a ser la más onerosa de la OCDE y una de las más altas del mundo al pasar de 41.5% al 60.4%. Este descomunal aumento, disuadiría la inversión, frenaría la formalización, paralizaría la industrialización y al final, aumentaría el desempleo.
No se debe olvidar, que la tarifa efectiva impositiva que paga la industria en Colombia es de 56,7 % y con las modificaciones aumentaría a 62%; tampoco, que en el sector minero y de hidrocarburos pasaría de 53 a 87.1 %; y, que en el sector del transporte aumentaría de 49,2 a 63,1%.
Tampoco se debe perder de vista, que, de ser aprobada la reforma, Colombia sería el único país de la OCDE, en el que las regalías no serían deducibles de renta, lo cual alejaría la inversión, y, que, de imponerse un tributo a las exportaciones, además de constituir doble tributación, desestimularía el comercio exterior y la conquista de mercados extranjeros. El invento u obtuso plagio de este último tributo, denota las bien probadas limitaciones de Petro como administrador, o quizás, su ánimo soterrado de debilitar el sistema productivo de la nación y su incipiente vocación exportadora.
En suma, la reforma además de inconstitucional, regresiva, inconveniente y carente de racionalidad y técnica fiscal, devela retaliación y ánimo confiscatorio contra el sector productivo, así como soterrada intención de debilitar el esfuerzo, el empeño y el sacrificio de quienes han logrado crear empresa, empleo, riqueza y pagan impuestos.
Colombia no puede retroceder en su desarrollo, ni en el mejoramiento gradual de su sistema tributario, de manera que cada vez sea más equitativo, eficiente y progresivo, y no confiscatorio y recesivo como lo pretende Petro.
*Rafael Rodríguez-Jaraba. Abogado Esp. Mg. Consultor Jurídico. Asesor Corporativo. Litigante. Conjuez. Árbitro Nacional e Internacional. Profesor de Derecho Económico, Comercial y Financiero. Miembro de la Academia Colombiana de Jurisprudencia.